El 17 de julio de este año la Corte de Constitucionalidad (CC) dejó en suspenso, de manera provisional, la licencia de explotación del proyecto minero Fénix, ubicada en el municipio de El Estor en Izabal. Ésta fue otorgada por el Ministerio de Energía y Minas en el 2006 a la Compañía Guatemalteca de Níquel – CGN y la Compañía Procesadora de Níquel Pronico, subsidiarias de la empresa suiza dirigida por rusos y ucranianos, quienes la operan en Guatemala.
En febrero del 2018 autoridades indígenas, vecinos y algunos miembros de la Gremial de Pescadores plantearon un amparo ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) en donde denunciaron al Ministerio de Energía y Minas (MEM) por violentar los principios constitucionales y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que respaldan los derechos de los pueblos indígenas.
La CSJ a través de una sentencia, reconoce la violación cometida por el MEM al otorgar la licencia sin haber realizado la consulta libre, previa e informada a las comunidades q’eqchis, afectadas por el proyecto minero de los municipios de Cahabón, Panzós, El Estor y Senahú. A la vez ordenó que se realice la consulta, pero dejó que la empresa continuara operaciones. Pese a esto, no otorgó amparo provisional y las comunidades deciden apelar ante la CC, esta es la resolución que se acaba de conocer.
En septiembre de ese mismo año se realizó una vista pública para tratar esta problemática y la CSJ resolvió en definitiva manteniendo su posición. Como respuesta, las comunidades vuelven a apelar ante la CC pidiendo que se revoque la sentencia y que además de que se realice la consulta, se deje en suspenso la licencia de explotación minera. Este 25 de julio la CC realizará una vista pública sobre la segunda apelación.
El proyecto Fénix tiene la licencia minera más grande de Mesoamérica, su extensión es de 250 kilómetros cuadrados. Fue ampliada por el MEM en 2013 durante el gobierno de Otto Pérez Molina, siendo ministro de esa cartera el hoy prófugo Érick Archila Dehesa acusado de lavar dinero. La ley de minería solo permite la entrega de 20 kilómetros cuadrados para un área de explotación minera y Solway Investment Group obtuvo diez veces más de lo permitido.
El MEM justificó el incumplimiento de la consulta libre, previa e informada, argumentando que el Convenio 169 de la OIT no debe tener prioridad sobre principios de la Constitución guatemalteca específicamente referido a los temas de la propiedad privada, trabajo, desarrollo e industria. La empresa CGN – Pronico argumenta que ya realizaron una consulta, en una reunión informal con algunas personas en El Estor en el 2005.
En el 2018 hacen una reunión con algunos Consejos Comunitarios de Desarrollo Urbano y Rural (COCODE), en donde estuvo presente la municipalidad y la usan para validar la consulta. También estuvieron representantes de la PDH constatando “la inconformidad de la población ante la instalación del referido proyecto por los daños ambientales que podía ocasionar afectando directamente el goce efectivo de sus derechos”.
Frente a la resolución de la CC, las empresas CGN – Pronico subsidiarias de Solway, rechazaron la suspensión de sus operaciones bajo el argumento de los empleos que generan y advierten que, como producto del dictamen, habrá conflictos y violencia en el territorio. Buscando con ello enfrentar a las comunidades. Para las autoridades indígenas y comunidades afectadas, esto es una amenaza directa.
El ambiente actual en el municipio de El Estor es de hostilidad. Entre los vecinos corren rumores que crean un ambiente de tensión, poniendo en riesgo la seguridad y los derechos humanos de la población en oposición al proyecto minero. Sumado a esto algunos de los amparistas denuncian intimidaciones y amenazas en su contra.
La presión del Comité Coordinador de Asociaciones Agrícolas, Comerciales, Industriales y Financieras (CACIF) y de la Cámara de la Industria de Guatemala (CIG) no se hizo esperar. Juan Carlos Tefel, su presidente, calificó como irresponsable la decisión de la CC, afirmando que se generará desempleo y migración hacia los EEUU tras suspenderse las operaciones de la compañía. La misma línea de discurso manejó un grupo de empresarios que se autonombraron como “proveedores” y que son quienes se benefician del traslado de ferroníquel y tierra hacia el puerto Santo Tomás de Castilla. El alcalde de El Estor, Rony Méndez afín a CGN, desvió el centro de la discusión del amparo y se enfocó en decir que la compañía ha generado empleos y que se afectará la economía local y el desarrollo.
Estas amenazas y presiones podrían elevar la criminalización que la empresa ha mantenido en contra miembros de la Gremial de Pescadores Artesanales y vecinos que reclaman sus derechos. Especialmente a los casos de dos periodistas del equipo de Prensa Comunitaria. El primero de ellos, Jerson Antonio Xitumul, detenido y encarcelado en 2017 sin haber cometido ningun delito; tal y como lo denunció un informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH) en Guatemala y la institución del Procurador de los Derechos Humanos en mayo último. El segundo caso es el del periodista Carlos Ernesto Choc, quien se encuentra bajo un proceso penal promovido por esta empresa.
La resolución de la CC ocurre un mes después de haberse publicado el proyecto de investigación #GreenBlood, que reveló la opacidad con la que esta empresa minera opera en El Estor, Izabal. En este proyecto participaron 40 periodistas de 15 países y 35 medios internacionales como The Guardian (Inglaterra), Expresso (Portugal), Le Monde (Francia), El País (España), Forbidden Stories y la televisión francesa junto a Prensa Comunitaria de Guatemala.
La investigación puso al descubierto las violaciones a los derechos humanos promovidas por la empresa y sus aliados. También mostró la complicidad de funcionarios públicos de Izabal. El estudio constató que el asesinato del pescador Carlos Maaz ocurrió después de que agentes de la Policía Nacional Civil (PNC) dispararon contra una manifestación pacífica, y que sirvió para amendrentar a los pescadores que exigían sus derechos y denunciaban lo que consideraban contaminación del lago más grande del país por parte de la empresa Solway. También se pudo verificar la persecución penal a solicitud de esta misma empresa, argumentando delitos que nunca cometieron.
Las comunidades q’eqchis han puesto sobre la mesa el impacto negativo de la extracción de níquel, que son superiores a los beneficios económicos; pero también han puesto en cuestión el argumento de la generación de empleos y los beneficios para la población de El Estor. El equipo del proyecto #GreenBlood presenció una manifestación, de muchas que ocurren en esta localidad, en la que exigieron los empleos que tanto les han ofrecido.
De acuerdo con el testimonio de varios vecinos, la empresa privilegia a personas del municipio de Puerto Barrios y de otros lugares, incluyendo personal ruso y ucraniano. El aporte de regalías e impuestos son poco fiscalizadas por los vacíos de información que existen en la municipalidad de El Estor y otras instituciones. La misma CGN, en un comunicado publicado el 19 de julio de 2019 en su sitio oficial, mostró que han entregado 500 mil millones de quetzales en impuestos y regalías, una hora después publicó otro comunicado con el dato de 500 millones.
Lo resuelto por el máximo órgano constitucional devuelve la confianza a las comunidades y autoridades indígenas q’eqchi sobre el respeto de sus derechos, y al mismo tiempo muestra que las normas constitucionales e internacionales y que ninguna empresa sea rusa, suiza o guatemalteca puede estar por encima de la leyes nacionales y del bien común.
La CC al resolver en firme el cese de operaciones del proyecto minero Fénix podría sentar un nuevo precedente legal, como lo hizo con el proyecto minero El Escobal de la empresa Minera San Rafael (Tahoe Resources Inc) o con el proyecto minero El Tambor de la empresa Exmingua (Kappes Cassiday & Associates KCA).
Esta resolución no está sujeta a impugnación. Una vez se notificó a las partes, la minera Solway Investment Group a través de su subsidiaria CGN – Pronico debe dejar de operar, de no hacerlo estaría cayendo en el delito de una explotación ilegal de recursos naturales.
Original: Prensa Comunitaria