Bernardo Caal Xol es un maestro de educación primaria, originario de la comunidad indígena q´eqchi´del municipio de Santa María Cahabón, Alta Verapaz, y representante de las comunidades del municipio.
Desde el año 2015 los proyectos hidroeléctricos Oxec I y Oxec II empezaron a implementarse en el territorio q´eqchi´sin consultar a la comunidad indígena, de conformidad con lo establecido en el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la Organización Internacional del Trabajo. Por esta violación de los derechos colectivos, Bernardo Caal Xol, en representación de las comunidades, interpuso acción de amparo. La reacción de la empresa y el sector privado fue el inicio de una campaña de estigmatización en su contra, con el objetivo de desestabilizar sus acciones.
Conforme las acciones legales ponían en evidencia el incumplimiento del marco jurídico, y las salas jurisdiccionales resolvían avalando lo denunciado, obligando a suspender las licencias con que operaba la empresa y suspender el proceso de construcción de las hidroeléctricas, se desencadenó una fuerte campaña de criminalización en contra de Bernardo, ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal de Cobán, Alta Verapaz.
En la actualidad se tramitan dos procesos penales en su contra; el primero por delitos de apropiación y retención indebida, por este proceso se le otorgó una medida sustitutiva. El segundo, por los delitos de robo agravado y detenciones ilegales con agravación de la pena, por el cual se encuentra en prisión preventiva desde el 30 de enero de 2018. Este proceso ha sido retardado por parte del órgano jurisdiccional y el Ministerio Público, con el objetivo de prolongar su permanencia en prisión.
El retardo malicioso es evidente por parte del Juez de Primera Instancia, al presentar una excusa para continuar conociendo los dos casos en contra de Bernardo Caal Xol. La excusa fue rechazada porque no contaba con el adecuado argumento y respaldo legal, y se ordenó al Juez de Primera Instancia seguir conociendo ambos casos. Sin embargo, se detuvieron ambos procesos, aproximadamente por un mes.
La segunda acción de retardo malicioso se da por parte del Ministerio Público, al presentar excusa por no poder acudir a la audiencia de inicio de debate señalada para el 19 de junio de 2018, reprogramándose dicha audiencia para el 5 de julio. Un día antes de esta fecha el abogado del querellante acciona y logra nuevo aplazamiento, hasta el 13 de julio.
Es evidente el retardo malicioso por parte del órgano acusador y el querellante en contra de Bernardo, dilatando la realización del juicio oral y público, violentado su derecho a demostrar su inocencia ante la acusación falsa formulada en su contra. Todo ello, con el objetivo de neutralizar sus acciones de defensa de los derechos del pueblo q´eqchi´, mientras enfrenta prisión preventiva, tal como lo han hecho con otros defensores del territorio y bienes naturales.
Colectivo Madre Selva, 5 de julio de 2018
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